Gestoría
- Inmigración - Permisos de Residencia
1 ¿En cuantas
situaciones puede estar un extranjero en España?
Los extranjeros pueden encontrarse en España en
diferentes tipos de situaciones. Pueden estar en situación
de estancia y de residencia temporal o permanente. Aparte
se diferencian unos regímenes especiales.
a) Situación de estancia:
es la permanencia en territorio español por un
periodo de tiempo no superior a noventa días. Visas
y visados.
b) Situación de residencia:
son residentes los extranjeros que se encuentren en España
y sean titulares de una autorización para residir.
Puede ser:
Temporal,
es la situación que autoriza a permanecer en España
por un período superior a 90 días e inferior
a cinco años.
Permanente,
es la situación que autoriza a residir en España
indefinidamente y trabajar en igualdad de condiciones
que los españoles. Tendrán derecho a residencia
permanente los que hayan tenido residencia temporal durante
cinco años de forma continuada.
c) Estudiantes:
Visas Estudiantes. Es estudiante, el extranjero cuya venida
a España tenga como fin el cursar o ampliar estudios
o realizar trabajos de investigación o formación,
no remunerados.
d)
Apatridas: El Ministro del
Interior reconocerá la condición de apátrida
a los extranjeros que manifestando que carecen de nacionalidad
reúnen los requisitos previstos en la Convención
sobre el Estatuto de Apátridas y les expedirá
la documentación prevista al efecto.
e) Indocumentados:
El extranjero que se presente en dependencias del Ministerio
del Interior acreditando que no puede ser documentado
por las autoridades de ningún país.
f) Refugiados:
La resolución favorable sobre la petición
de asilo en España supondrá el reconocimiento
de la condición de refugiado.
g) Concurrencia de circunstancias
especiales: La Administración
podrá conceder una autorización de residencia
temporal por situación de arraigo, así como
por razones humanitarias, de colaboración con la
Justicia u otras circunstancias excepcionales que se determinen
por el Gobierno.